Boletin Oficial

Artículo del Dr. Ricardo A. Foglia para «la Ley»

Sobre la exigencia de certificados médicos de COVID-19 a los trabajadores

I. Qué dispone la resolución
La resolución conjunta del epígrafe, publicada en el BO del 18/08/2020, establece que los empleadores no pueden exigir a los trabajadores que ingresan o que se reintegran a sus tareas “certificaciones médicas o estudios relativos al COVID-19”.


II. Fundamentos
Como fundamentos de la decisión se señalan dos: la ley 26.529 (1) sobre los derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de salud y el derecho del trabajador a no ser discriminado.


III. Aspectos constitucionales de una resolución ministerial que se define como “interpretación auténtica” de varias leyes.

La resolución expresa que, con la finalidad de resolver situaciones planteadas(que no individualiza) por el requerimiento de certificados o estudios de COVID-1 por parte de los empleadores, ella se dicta para brindar “una respuesta conjunta, que aclarare debidamente la cuestión, en una interpretación auténtica de la normativa reseñada, proveniente de los órganos que participaron en su creación”.

En “Frugoni Zavala” (58), de 1935, convalidó una ley que rebajaba las jubilaciones acordadas y sostuvo que ello “no atenta contra las garantías del art. 17 de la CN, ni afecta los principios contenidos en el art. 3º del Cód. Civil, por tratarse de una ley de orden público”.

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